Luego de una extensa sesión, la Asamblea Nacional de Ecuador aprobó por 100 votos a favor un conjunto de 15 enmiendas que introducen modificaciones al texto de la Constitución Nacional refrendada por el 63,93% del pueblo ecuatoriano en 2008 en el marco de un proceso constituyente que dio inicio a la refundación del país. Esta … Seguir leyendo

Luego de una extensa sesión, la Asamblea Nacional de Ecuador aprobó por 100 votos a favor un conjunto de 15 enmiendas que introducen modificaciones al texto de la Constitución Nacional refrendada por el 63,93% del pueblo ecuatoriano en 2008 en el marco de un proceso constituyente que dio inicio a la refundación del país.

Esta votación es el punto culmine de un proceso iniciado en junio de 2014, cuando la Asamblea elevó la iniciativa de modificación de 17 artículos a la Corte Constitucional, institución encargada de establecer el procedimiento legal para llevarla a cabo.

En Ecuador existen tres procedimientos para reformar la Constitución: la enmienda, la reforma parcial y la Asamblea constituyente. En este caso, la Corte Constitucional dictaminó en noviembre de 2014 que el mecanismo fuera el de enmienda y habilitó el inicio del proceso para 16 de las 17 iniciativas originalmente propuestas[1]. Las mismas implican cambios en el texto constitucional en temas como las consultas populares, el sistema previsional, la declaración de la comunicación como servicio público, el rol de las Fuerzas Armadas, la regulación de derechos laborales de los trabajadores del sector público, entre otros, que no alteran la estructura fundamental del Estado o las instituciones ni van en detrimento de los derechos y garantías consagrados en el mismo[2].

El proceso de las Enmiendas siguió el curso establecido por la Corte Constitucional:  abarcó la conformación de una Comisión especial que impulsó un proceso de socialización por el cual se realizaron sesiones especiales en 14 provincias y un total de 279 foros ciudadanos en todo el país. El proyecto fue aprobado superando los 2/3 de los votos requeridos y pasará posteriormente a una fase de control ex-post en la Corte Constitucional.

Sin duda, el punto de mayor controversia en los últimos meses estuvo en la modificación de los artículos 114 y 144 a partir de la cual las autoridades de elección popular podrán ser reelegidas de manera indefinida, lo que incluye el cargo de Presidente de la nación. Según el artículo 144 en su versión original, el presidente podría ser “reelecto por una sola vez”, lo cual significaba que de no enmendarse la Constitución, Rafael Correa nunca más podría volver a ser candidato. . Los sectores de oposición al gobierno centraron su estrategia de desgaste sobre este punto, buscando impugnar todo el proceso de enmiendas con el argumento de que la finalidad única del mismo era que el presidente Rafael Correa pudiera perpetuarse en el poder, como si las enmiendas significarán la anulación de las elecciones generales. De esta forma, intentaron instalar en la opinión pública que se avecinaba una dictadura activando el fantasma de Venezuela haciéndose eco de la ofensiva mediática mundial dirigida a demonizar al país caribeño.

La respuesta política del oficialismo fue el envío a la Asamblea Nacional de una disposición transitoria -incluida en el proyecto aprobado- que establece la vigencia de la modificación de estos artículos a partir de mayo de 2017, lo cual inhabilita de facto al presidente Correa, y a los 38 asambleístas que se encuentran cumpliendo su segundo mandato electoral, a presentarse como candidatos en las próximas elecciones generales de 2017. Ya sin el caballito de Troya preferido de los dirigentes políticos que pretenden ser los guardianes de unos valores republicanos asediados por las supuestas tendencias deformantes del populismo (que llevarían a los líderes a intentar perpetuarse en el poder y a las masas a ejercer su derecho al sufragio movidos por la irracionalidad), la oposición se quedó sin el núcleo central de su discurso.

La otra cuestión sobre la que giró el cuestionamiento al proceso de enmienda estuvo vinculada con las críticas respecto al procedimiento mediante el cual se implementó. Al contar con una representación minoritaria en la Asamblea, sectores opositores insistieron enfáticamente en que el texto solo debería ser modificado mediante el sometimiento a consulta popular, presentándose así como “defensores de la voluntad popular”. Siendo absolutamente legítima esta discusión, este reclamo no suena creíble en la voz de una clase política que no tolera haber sido desalojada del poder y acostumbrada a gobernar durante décadas de espaldas al pueblo. A veces parece que la historia empezó ayer.

Algunos referentes de la variopinta oposición no parecen entender que no se puede pretender impugnar todo un sistema institucional porque los resultados no sean los deseados. César Umajinga, de Pachakutik, sostuvo durante el debate que “los 99 asambleístas que tiene PAIS no pueden rebasar a los 15 millones de ecuatorianos”, olvidando que los asambleístas fueron electos por los ciudadanos como sus representantes en las elecciones de 2013 y que el procedimiento de enmienda está contemplado en la Carta Magna. Otro grupo de asambleístas opositores decidió permanecer “resistiendo” en las calles en lugar de participar en el debate y ejercer la función para la cual fueron electos (al momento de la votación estuvieron presentes 109 de los 137 miembros de la Asamblea). Por su parte, el dirigente opositor y alcalde de Guayaquil ¡desde el año 2000!, Jaime Nebot, anunció horas antes de la sesión que su administración no obedecerá las enmiendas desconociendo la legalidad de la Asamblea Nacional. Y Guillermo Lasso, líder de CREO, convocó a seguir en pie de lucha hasta que la “llama de libertad que está avivando a Latino América, que comenzó en Argentina” llegue a suelo ecuatoriano.

En la misma tónica, mostrando un escaso apego a las instituciones que dicen defender, diferentes sectores de la fragmentada oposición ecuatoriana se centraron en una estrategia de desgaste que marca una línea de continuidad con lo que fue el conflicto desatado a mediados de año en torno a las Leyes de impuesto a la Herencia y Plusvalía que buscaban una mayor redistribución de la riqueza pero que fueron presentadas como una arremetida del gobierno sobre las libertades y la propiedad individual. En aquel momento, al igual que ahora, la estrategia del arco opositor fue apostar por la agitación social incentivando protestas violentas y convocando a desconocer la legitimidad de las instituciones públicas. Un camino peligroso tomado por una derecha que pretende retornar al poder apelando a la memoria colectiva de un pueblo en las calles cuya acción fue clave en la destitución de gobiernos durante la etapa previa al inicio de la Revolución Ciudadana. Se trataría de una paradojal repetición de la historia, ahora como farsa protagonizada por una oposición cínica y diversa cuyo único punto de unidad se erige en torno al rechazo al gobierno, y que insiste en desconocer las profundas transformaciones experimentadas por la sociedad en los últimos diez años.

 

[1] La sentencia completa en http://bit.ly/1MZNGYL

[2] Una descripción detallada de las modificaciones aprobadas puede consultarse en el documento elaborado por la Comisión Especializada Ocasional para el tratamiento de la Solicitud de la Enmienda Constitucional. En http://bit.ly/1N6D6wP

Gisela Brito

Doctora en Ciencias Políticas por la Universidad Complutense de Madrid (UCM) (Argentina)

Licenciada en Sociología por la Universidad de Buenos Aires (UBA). Máster en Análisis Político por la UCM y doctoranda del programa en Ciencias Políticas y Relaciones Internacionales. Ha realizado estudios de posgrado en Campañas Electorales y Comunicación Política en FLACSO y UNR. Investigadora del Centro Cultural de la Cooperación Floreal…

Florencia Pagliarone

Biografía disponible próximamente